Centro Internacional de Inversión Productiva

Venezuela está abierta
a la inversión

El CIIP es la agencia oficial de promoción de inversiones del Estado venezolano y su interlocutor para los inversionistas. Les indicamos las oportunidades de inversión, los conectamos con las instituciones competentes y canalizamos su proyecto hasta su ejecución.

Cómo trabajamos

De la primera conversación a la inversión activa.

Cuatro pasos, desde la primera conversación hasta la inversión operando. El CIIP evalúa el proyecto, le indica la modalidad y los requisitos que aplican, lo presenta ante el Estado y sigue con la empresa cuando ya produce.

01
Entender

Analizamos su empresa, su capacidad y el proyecto que propone. Con esa base le indicamos qué modalidad de inversión aplica y qué requisitos tiene.

02
Conectar

Con el proyecto calificado, le presentamos al ministerio rector de su sector, a los organismos que emiten los permisos y, cuando la modalidad lo requiere, a la empresa del Estado que será su contraparte.

03
Avanzar

Hacemos seguimiento a cada trámite ante el organismo que corresponde hasta que el proyecto tiene todas sus autorizaciones.

04
Activar

Con la empresa operando, seguimos en contacto para proponerle ampliaciones, reinversión y proveedores locales, y resolver lo que necesite del Estado.

Por qué Venezuela

Una economía lista para producir más.

Mercado, infraestructura, talento industrial, acceso al Caribe, reglas definidas y una base energética propia: capacidades reales para llevar la producción a una nueva escala.

Mercado
28,5M habitantes
Un mercado interno concentrado en pocos destinos
Casi nueve de cada diez habitantes viven en ciudades, de modo que el país se atiende desde pocos puntos de distribución, y los renglones que hoy se importan indican dónde ya hay demanda comprobada.
Banco Mundial / ONU, 2025
Infraestructura
7 terminales portuarios
Una base de infraestructura ya construida
Seis aeropuertos con vuelo internacional regular y 2,15 millones de b/d de capacidad nominal de refinación, entre refinerías y mejoradores: el proyecto se conecta a redes que ya existen.
Bolipuertos; ALAV, oct. 2026; OPEP, ASB 2025 (Tabla 4.1)
Gente
11,1M en la fuerza laboral
Una fuerza laboral con oficio industrial
Alfabetización de 97,7 % y polos con décadas de oficio: siderurgia y aluminio en Guayana, petróleo y petroquímica en Zulia y Anzoátegui, agroindustria en los llanos. El personal técnico se contrata en el mercado local.
Banco Mundial / OIT, 2025; UNESCO UIS, estimación 2024
Posición
802 millas náuticas de Puerto Cabello al Canal de Panamá
Una costa abierta a las rutas del Caribe
Con 2.800 km de costa sobre el Caribe y el Atlántico, el proyecto puede instalarse cerca de su puerto de salida, con acceso directo al Atlántico y a 802 millas náuticas del Canal hacia el Pacífico.
NGA Pub. 151; CIA World Factbook, ed. 2025
Marco
5 zonas económicas especiales
Un régimen especial con reglas escritas
Cinco zonas con decreto bajo la ley orgánica de 2022, con incentivos fiscales y aduaneros por reintegro fijados en cada decreto, y el CIIP como puerta que recibe, evalúa y certifica los proyectos de participación.
Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales, GO 6.710 Ext., julio 2022; Decretos 4.838 a 4.841 y 4.884, 2023
Recursos
1.ª en reservas probadas de petróleo
Una base energética de origen local
Primera de Suramérica en reservas probadas de gas y con generación de base hidráulica: los recursos energéticos y la materia prima están en el mismo país donde se instala el proyecto.
OPEP, ASB 2025; U.S. EIA, 2024; Ember, 2024
Sectores

Sectores con capacidad instalada y espacio para crecer.

La inversión productiva es bienvenida en cualquier actividad. Estos son algunos de los sectores que reúnen capacidad instalada, marco definido y contraparte clara en el Estado.

Agroalimentario

Producción, transformación y exportación a lo largo de la cadena agroalimentaria nacional.

Modalidad habitualEmpresa propia; alianza; uso de tierras del Estado
Contraparte en el EstadoMinisterio de Agricultura y Tierras, CVA
Presentar su proyecto →

Manufactura

Plantas y líneas de producción listas para modernización y nueva escala industrial.

Modalidad habitualEmpresa propia (planta nueva o ampliación); alianza sobre plantas del Estado
Contraparte en el EstadoMinisterio de Industrias y Producción Nacional
Presentar su proyecto →

Minería

Exploración y desarrollo de yacimientos nuevos bajo la Ley de Minas 2026: concesiones para minerales metálicos y no metálicos, desde la prospección hasta la explotación.

Modalidad habitualConcesión; empresa mixta
Contraparte en el EstadoMinisterio de Desarrollo Minero Ecológico e Industrias Básicas, CVM
Presentar su proyecto →

Turismo

Destinos y servicios turísticos, con terrenos e instalaciones del Estado para desarrollar bajo un plan de inversión.

Modalidad habitualEmpresa propia; uso de inmuebles del Estado
Contraparte en el EstadoMinisterio de Turismo, Venetur
Presentar su proyecto →

Infraestructura y transporte

Puertos, aeropuertos, ferrocarril y vialidad bajo el régimen de concesiones.

Modalidad habitualConcesión
Contraparte en el EstadoMinisterio de Transporte, Bolipuertos, INAC
Presentar su proyecto →

Energía eléctrica

Generación para la industria y las zonas económicas especiales: autogeneración, cogeneración y energías renovables.

Modalidad habitualAutogeneración; contrato con el operador estatal
Contraparte en el EstadoMinisterio de Energía Eléctrica, Corpoelec
Presentar su proyecto →

Refinación, petroquímica y gas

Modernización de refinerías y mejoradores, plantas de fertilizantes, metanol y plásticos, y desarrollo de gas no asociado.

Modalidad habitualLicencia; empresa mixta
Contraparte en el EstadoMinisterio de Hidrocarburos, PDVSA, Pequiven
Presentar su proyecto →

Telecomunicaciones y digital

Fibra óptica, redes móviles y centros de datos, bajo habilitación de CONATEL.

Modalidad habitualHabilitación administrativa de CONATEL
Contraparte en el EstadoCONATEL
Presentar su proyecto →

¿Tiene una iniciativa en alguno de estos sectores, o en otro?

Hablar con el Centro →

Venezuela impulsa la inversión productiva.

Leyes, reformas y acuerdos que hoy permiten a una empresa extranjera invertir, operar y repatriar utilidades en Venezuela.

01
Jurídico

Un marco legal para la
inversión privada

La ley de inversión extranjera productiva reconoce el trato no discriminatorio y la repatriación de utilidades. Venezuela mantiene además acuerdos bilaterales de promoción y protección de inversiones con países de Europa, Asia y América Latina.

02
Regulatorio

Reformas que amplían la
participación privada

Las reformas recientes admiten participación privada en hidrocarburos y minería, con contratos y condiciones definidos por ley.

03
Diplomático

Acuerdos con otros países

Los acuerdos comerciales y de cooperación firmados en los últimos años restablecen canales concretos: visas, vuelos directos, convenios sectoriales y garantías a la inversión.

04
Operativo

Servicios que ya volvieron

Aerolíneas, empresas energéticas, cadenas hoteleras y operadores logísticos han retomado o anunciado operaciones en el país: vuelos, hoteles y transporte de carga con los que su proyecto puede contar.

Avances de inversión

De potencial a resultados concretos.

Acuerdos, proyectos en marcha y resultados de la economía.

FAQ

Preguntas frecuentes

Derechos, repatriación, plazos y montos mínimos, con el artículo de ley que respalda cada respuesta.

¿Qué derechos y condiciones establece la ley para el inversionista extranjero?

La ley establece un marco para definir las condiciones de la inversión. El Contrato de Inversión Extranjera fija, entre otros aspectos, el objeto, valor, ubicación, duración, financiamiento e incentivos acordados para el proyecto y tiene carácter obligatorio para las partes.

La ley reconoce al inversionista extranjero la igualdad de trato respecto de la inversión de nacionales residentes y la posibilidad de remitir utilidades y capital al exterior, conforme a las condiciones, plazos y excepciones que ella misma establece.

Los incentivos y condiciones favorables no son automáticos: dependen de las características del proyecto, los sectores definidos como preferentes y los compromisos formalmente asumidos.

Base legal Ley Constitucional de Inversión Extranjera Productiva, G.O. N.º 41.310 del 29 de diciembre de 2017, artículos 7 numeral 7, 22, 23, 24, 25, 28, 33 y 38.
¿Mi sector está abierto a la inversión extranjera?

La inversión extranjera puede establecerse en cualquier área, sector o actividad económica permitida por la legislación venezolana. El Estado se reserva el desarrollo de determinados sectores estratégicos conforme a la Constitución y al ordenamiento jurídico, y existen regímenes especiales para actividades específicas.

Hidrocarburos, minería, telecomunicaciones y medios de comunicación cuentan con legislación propia, que se aplica con preferencia. Por ello, los proyectos relacionados con estas actividades se canalizan en coordinación con los entes rectores de cada sector.

Si el proyecto se ubica en una Zona Económica Especial, corresponde evaluar el perfil empresarial y certificar el proyecto de participación, en coordinación con la Superintendencia Nacional de las Zonas Económicas Especiales.

Base legal LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 1, 14 y 15. LOZEE, G.O. N.º 6.710 Extraordinario del 20 de julio de 2022, artículos 12 y 27.
¿Qué garantías jurídicas protegen mi inversión?

La ley establece que la inversión extranjera será tratada, para todos los efectos, de igual forma que la inversión de nacionales residentes, sin perjuicio de los requisitos y regímenes especiales aplicables. El tratamiento de las inversiones está sujeto a reglas claras, precisas y determinadas.

Las condiciones específicas del proyecto, incluidos los incentivos acordados, se establecen en el Contrato de Inversión Extranjera, que tiene carácter obligatorio para las partes.

Cualquier medida que afecte los derechos del inversionista debe tramitarse conforme a la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y con respeto al debido proceso.

Base legal LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 25, 27, 33, 38 y 39.
¿Qué incentivos existen y cómo se obtienen?

Los incentivos se determinan según las características, compromisos y objetivos de cada proyecto; no se conceden de manera automática. El marco general contempla desgravámenes, amortización acelerada, bonificaciones en impuestos, exenciones arancelarias y tributarias, condiciones crediticias especiales, tarifas especiales en servicios públicos, acceso preferencial a determinados insumos y materias primas administrados por el Estado y períodos de estabilidad tributaria.

Su otorgamiento puede estar vinculado a compromisos verificables, como la exportación de bienes o servicios no tradicionales, la transferencia tecnológica, el desarrollo de proveedores nacionales, la sustitución de importaciones, la generación de empleo y el monto y permanencia de la inversión.

En las Zonas Económicas Especiales pueden aplicarse incentivos específicos, como el reintegro tributario de importación —drawback—, otros reintegros tributarios nacionales y el régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo. Las condiciones aplicables se establecen en el Convenio de actividad económica y dependen del cumplimiento de las metas y obligaciones asumidas.

Los incentivos acordados para la inversión extranjera se incorporan al contrato correspondiente y pueden aplicarse progresivamente, según el cumplimiento de los objetivos del proyecto.

Base legal LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 22, 23 y 24. LOZEE, G.O. N.º 6.710 Extraordinario del 20 de julio de 2022, capítulo IV.
¿Puedo repatriar mi capital y mis utilidades?

Utilidades: el inversionista extranjero tiene derecho a remitir al exterior anualmente, a partir del cierre del primer ejercicio económico, hasta el cien por ciento de las utilidades o dividendos comprobados provenientes de su inversión extranjera, en divisas libremente convertibles y previo cumplimiento del objeto de la inversión. Cuando la remisión sea parcial, la diferencia puede acumularse por un máximo de tres ejercicios, conforme a las condiciones legales aplicables.

Capital: la inversión debe permanecer en el territorio nacional durante un período mínimo de dos años, contado desde que la inversión se materializa. Cumplido ese período y pagados los tributos y demás pasivos aplicables, el inversionista puede remesar al exterior el capital originalmente invertido. También pueden remitirse los ingresos obtenidos por la venta de acciones o de la inversión, las reducciones de capital y, en caso de liquidación de la empresa, el monto liquidado, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.

Reinversión: las utilidades obtenidas en moneda nacional pueden reinvertirse total o parcialmente y ser reconocidas como inversión extranjera. La reinversión debe notificarse al órgano rector.

Base legal LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 26, 28, 30, 31 y 36.
¿Qué papel cumple el Centro y qué costos pueden aplicar?

El Centro es el organismo del Estado que recibe y canaliza la inversión productiva. Promueve la captación de inversionistas, orienta sobre los requisitos y procedimientos para presentar el proyecto, evalúa el perfil empresarial y el proyecto, y lo canaliza ante las autoridades competentes. En las Zonas Económicas Especiales, además, establece los requisitos de presentación y certifica los proyectos de participación.

El Centro no cobra comisiones sobre el activo o la operación ni actúa como intermediario financiero. Cuando correspondan tasas por servicios o por el procesamiento de documentos en materia de inversión extranjera, estas son fijadas por el Ejecutivo Nacional y se pagan al Estado.

Base legal LOZEE, G.O. N.º 6.710 Extraordinario del 20 de julio de 2022, artículo 27. LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 10 y 12.
¿Ante qué jurisdicción se resuelven las controversias?

Las inversiones extranjeras están sujetas a la jurisdicción de los tribunales de la República Bolivariana de Venezuela.

Una vez agotados los recursos judiciales internos y cuando exista un acuerdo previo, la República puede participar en otros mecanismos de solución de controversias desarrollados en el marco de la integración de América Latina y el Caribe o de otros esquemas de integración.

Por ello, cualquier mecanismo adicional aplicable al proyecto debe definirse expresamente en los instrumentos jurídicos correspondientes, de acuerdo con la legislación vigente y con la naturaleza de la inversión.

Base legal LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 6 y 38.
¿Qué plazos legales debo considerar?

La ley establece plazos para determinados trámites. Los órganos y entes con competencias concurrentes deben responder al órgano rector dentro del plazo legal establecido, prorrogable por causas justificadas. En el caso de una reinversión de utilidades, el órgano rector dispone de sesenta días para decidir.

Por su parte, la inversión extranjera debe permanecer en el territorio nacional durante un período mínimo de dos años. El contrato puede establecer un período mayor, según las características y necesidades del proyecto.

La duración total de la estructuración no es igual para todas las inversiones: depende del alcance del proyecto, la entrega completa de los recaudos y los permisos sectoriales requeridos. El Centro gestiona esos trámites con los organismos competentes.

Base legal LCIEP, G.O. N.º 41.310, artículos 9, 11, 26 y 30.
Inicie el proceso

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